Artículo 24 de Código Fiscal Municipal del Estado de Campeche
Código Fiscal Municipal del Estado de Campeche · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Tratándose de contribuyentes que se encuentren sujetos a un procedimiento de concurso mercantil, la Tesorería u órgano equivalente, estará facultada para que discrecionalmente condone de forma parcial los créditos fiscales relativos a contribuciones que debieron pagarse con anterioridad a la fecha en que se inicie el procedimiento de concurso mercantil, siempre que el comerciante haya celebrado convenio con sus acreedores en los términos de la ley respectiva.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.