Código Fiscal estatal

Artículo 27 de Código Fiscal Municipal del Estado de Campeche

Código Fiscal Municipal del Estado de Campeche · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Para efectos de las disposiciones fiscales, son contribuciones los impuestos, las contribuciones especiales, y los derechos, las que se definen como:

I. Impuestos: son las contribuciones con carácter general y obligatorio, establecidas en la Ley a cargo de las personas físicas y morales, así como de las unidades económicas, que se encuentren en la situación jurídica o de hecho prevista por la misma distintas de las señaladas en las siguientes fracciones.

II. Contribuciones de mejoras: son las contribuciones establecidas en ley con carácter obligatorio a cargo de las personas físicas y morales, así como de las unidades económicas, que reciban un beneficio directo derivado de la ejecución de obras públicas.

III. Derechos: son las contribuciones establecidas en ley con carácter obligatorio a cargo de las personas físicas y morales, así como de las unidades económicas, que reciban servicios que presta el Municipio en sus funciones de derecho público, así como por el uso o aprovechamiento de los bienes del dominio público del Municipio. También son derechos las contribuciones generadas al recibir servicios públicos a cargo del Municipio cuando sean prestados por organismos públicos descentralizados.

Los recargos, las sanciones, los gastos de ejecución y la indemnización por falta de pago, son accesorios de las contribuciones y participan de la naturaleza de éstas.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

Pregúntale a Ian

¿Cómo se aplica el artículo 27 de Código Fiscal Municipal del Estado de Campeche a tu caso?

Ian es un asistente jurídico con IA que busca en 69,002 tesis del SJF, 618 resoluciones de la Corte IDH y las reformas del DOF para explicarte qué criterios interpretan esta disposición — siempre con la cita exacta y verificable, sin inventar.

Preguntar gratis → 1 consulta gratis al día · sin tarjeta · sin instalación

Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 27 de Código Fiscal Municipal del Estado de Campeche?

Para efectos de las disposiciones fiscales, son contribuciones los impuestos, las contribuciones especiales, y los derechos, las que se definen como: I. Impuestos: son las contribuciones con carácter general y…

¿Está vigente el artículo 27?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

Puedes preguntarle a Ian, que busca entre 69,002 tesis del Semanario Judicial de la Federación y 618 resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, citando cada criterio aplicable.