Artículo 51 de Código Fiscal Municipal del Estado de Campeche
Código Fiscal Municipal del Estado de Campeche · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Cuando las autoridades fiscales hubieren ejercido sus facultades de determinación y liquidación de contribuciones o aprovechamientos, podrán exigir indistintamente el pago correspondiente, al obligado directo o al responsable solidario.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.