Artículo 83 de Código Fiscal Municipal del Estado de Campeche
Código Fiscal Municipal del Estado de Campeche · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Las notificaciones de los actos administrativos de afectación individual se clasifican en:
I. Ordinarias, y II. Extraordinarias.
Son notificaciones ordinarias las que se realicen personalmente, o por mensajería, correo certificado con acuse de recibo; y son extraordinarias, aquéllas que por virtud de causa imputable a la persona que deba ser notificada no puedan realizarse en cualquiera de las formas antes señaladas.
Las notificaciones por mensajería o correo certificado con acuse de recibo se considerarán notificaciones personales.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.