Código Fiscal estatal

Artículo 126 de Código Fiscal Municipal del Estado de Colima — Chihuahua

Código Fiscal Municipal del Estado de Colima — Chihuahua · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Es improcedente el recurso cuando se haga valer contra actos administrativos que:

I. No afecten el interés jurídico del recurrente;

II. Sean resoluciones dictadas en el recurso administrativo de revocación o en cumplimiento de ésta o de sentencias;

III. Se hayan consentido, entendiéndose por consentimiento los actos contra los que no se promovió el recurso en el plazo señalado al efecto;

IV. Sean conexos a otro que haya sido impugnado por medio de algún recurso o medio de defensa diferente; y V. Hayan sido revocados por la autoridad.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

Pregúntale a Ian

¿Cómo se aplica el artículo 126 de Código Fiscal Municipal del Estado de Colima — Chihuahua a tu caso?

Ian es un asistente jurídico con IA que busca en 69,002 tesis del SJF, 618 resoluciones de la Corte IDH y las reformas del DOF para explicarte qué criterios interpretan esta disposición — siempre con la cita exacta y verificable, sin inventar.

Preguntar gratis → 1 consulta gratis al día · sin tarjeta · sin instalación

Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 126 de Código Fiscal Municipal del Estado de Colima — Chihuahua?

Es improcedente el recurso cuando se haga valer contra actos administrativos que: I. No afecten el interés jurídico del recurrente; II. Sean resoluciones dictadas en el recurso administrativo de revocación o en…

¿Está vigente el artículo 126?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

Puedes preguntarle a Ian, que busca entre 69,002 tesis del Semanario Judicial de la Federación y 618 resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, citando cada criterio aplicable.