Artículo 75 de Código Fiscal Municipal del Estado de Colima — Chihuahua
Código Fiscal Municipal del Estado de Colima — Chihuahua · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Si al estarse practicando la diligencia de embargo el contribuyente, su representante legal o un tercero en su nombre hiciera el pago del crédito y sus accesorios causados, el ejecutor suspenderá dicha diligencia y le expedirá el recibo provisional foliado, que deberá cambiar en la oficina recaudadora correspondiente por el recibo oficial respectivo, haciendo constar el pago en el acta correspondiente y le entregará una copia de la misma para la debida constancia.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.