Artículo 169 de Código Fiscal Municipal del Estado de Michoacán de Ocampo
Código Fiscal Municipal del Estado de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El Fisco Municipal tendrá preferencia para adjudicarse en cualquier almoneda, los bienes ofrecidos en remate:
I.- A falta de postores;
II.- A falta de pujas; y III.- En caso de posturas o pujas iguales.
La adjudicación se hará al valor que corresponda para la almoneda de que se trate.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.