Código Fiscal estatal

Artículo 64 de Código Fiscal Municipal del Estado de Michoacán de Ocampo

Código Fiscal Municipal del Estado de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

A quien cometa las infracciones a las disposiciones fiscales municipales a que se refiere el artículo anterior, se impondrán las siguientes multas:

(REFORMADA, P.O. 31 DE DICIEMBRE DE 2009)

I. Del equivalente de 75 a 113 días de salario mínimo general vigente en el Estado de Michoacán, a las comprendidas en las fracciones I y II; y, (REFORMADA, P.O. 31 DE DICIEMBRE DE 2009)

II. Del equivalente de 200 a 300 días de salario mínimo general vigente en el Estado de Michoacán, a las comprendidas en las fracciones III y IV.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 64 de Código Fiscal Municipal del Estado de Michoacán de Ocampo?

A quien cometa las infracciones a las disposiciones fiscales municipales a que se refiere el artículo anterior, se impondrán las siguientes multas: (REFORMADA, P.O. 31 DE DICIEMBRE DE 2009) I. Del equivalente de 75 a…

¿Está vigente el artículo 64?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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