Artículo 55 de Código Fiscal Municipal del Estado de Oaxaca
Código Fiscal Municipal del Estado de Oaxaca · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
(sic) administración y determinación de los impuestos y demás (sic)
Con el objeto de simplificar las obligaciones de los contribuyentes, de facilitar la recaudación de los ingresos y de hacer más efectivos y prácticos los sistemas de control fiscal, el Ayuntamiento podrá dictar las disposiciones necesarias, sin variar en ninguna forma los relativos al sujeto, objeto, base, tasa, cuota o tarifa y época de pago de las contribuciones, las infracciones o las sanciones de las mismas.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.