Artículo 130 de Código Fiscal Municipal — Durango
Código Fiscal Municipal — Durango · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Si el crédito es litigioso, se hará saber el embargo, además, al juez que conozca de la controversia, a efecto de que se abstenga de decretar o autorizar cualquier acto de disposición.
El Ministerio Público asumirá, en este caso, las facultades que concede a los depositarios el Código de Procedimientos Civiles del Estado.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.