Artículo 15 de Código Fiscal Municipal — Durango
Código Fiscal Municipal — Durango · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
En las controversias que surjan entre el Fisco Municipal y el Fisco Federal o del Estado, sobre preferencia en el cobro de los créditos fiscales, se considerará como acreedor preferente a la autoridad que haya embargado primero.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.