Artículo 195 de Código Fiscal Municipal — Durango
Código Fiscal Municipal — Durango · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
En los juicios que se tramiten ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo no habrá lugar a condenación de costas. Cada parte será responsable de sus propios gastos y los que originen las diligencias que promuevan.
CAPITULO II DE LA IMPROCEDENCIA Y DEL SOBRESEIMIENTO
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.