Código Fiscal estatal

Artículo 207 de Código Fiscal Municipal — Durango

Código Fiscal Municipal — Durango · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

El demandado deberá adjuntar a su contestación:

I.- Copias de la misma y de los documentos que acompañe para el demandante, para el tercero señalando en la demanda y para el coadyuvante, en su caso.

II.- El documento en que acredite su personalidad cuando el demandado sea un particular y no gestione en nombre propio.

III.- El cuestionario que debe desahogar el perito, el cual deberá ir firmado por el demandado.

IV.- Las pruebas documentales que ofrezca.

Para los efectos de este artículo será aplicable en lo conducente los dos últimos párrafos del artículo 203.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 207 de Código Fiscal Municipal — Durango?

El demandado deberá adjuntar a su contestación: I.- Copias de la misma y de los documentos que acompañe para el demandante, para el tercero señalando en la demanda y para el coadyuvante, en su caso. II.- El documento en…

¿Está vigente el artículo 207?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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