Artículo 208 de Código Fiscal Municipal — Durango
Código Fiscal Municipal — Durango · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
En la contestación de la demanda no podrán cambiarse los fundamentos de derecho de la resolución impugnada.
En caso de resolución negativa ficta, la autoridad expresara los hechos y el derecho en que se apoya la misma.
En la contestación de la demanda o hasta antes del cierre de la instrucción, la autoridad demandada podrá allanarse a las pretenciones (sic) del demandante o revocar la resolución impugnada.
CAPITULO VI DE LOS INCIDENTES
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.