Código Fiscal estatal

Artículo 34 de Código Fiscal Municipal — Durango

Código Fiscal Municipal — Durango · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Estarán exentos del pago de impuestos, Derechos e ingresos Extraordinarios:

I.- La Federación, el Estado y sus Municipios, así como las personas o instituciones, cuando así lo determinen las Leyes.

II.- Las demás personas que, de modo general, señalen las Leyes Fiscales Municipales.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 34 de Código Fiscal Municipal — Durango?

Estarán exentos del pago de impuestos, Derechos e ingresos Extraordinarios: I.- La Federación, el Estado y sus Municipios, así como las personas o instituciones, cuando así lo determinen las Leyes. II.- Las demás…

¿Está vigente el artículo 34?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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