Artículo 34 de Código Fiscal Municipal — Durango
Código Fiscal Municipal — Durango · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Estarán exentos del pago de impuestos, Derechos e ingresos Extraordinarios:
I.- La Federación, el Estado y sus Municipios, así como las personas o instituciones, cuando así lo determinen las Leyes.
II.- Las demás personas que, de modo general, señalen las Leyes Fiscales Municipales.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.