Artículo 67 de Código Fiscal Municipal — Durango
Código Fiscal Municipal — Durango · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
La Tesorería Municipal queda facultada para hacer la cancelación de los créditos fiscales por incosteabilidad en el cobro o por insolvencia de los sujetos directos y de los responsables solidarios, liberándolos del cumplimiento de sus obligaciones.
TITULO V CAPITULO I INFRACCIONES Y SANCIONES
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.