Artículo 152 de Código Fiscal Municipal Número 152 — Guerrero
Código Fiscal Municipal Número 152 — Guerrero · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El día y la hora señalados en la convocatoria, el Tesorero Municipal, después de pasar lista de las personas que hubieren presentando postura, hará saber a los que estén presentes, cuales posturas fueron calificadas como legales y les dará a conocer cual es la mejor postura, concediendo plazos de cinco minutos cada uno, hasta que la última postura no sea mejorada.
El Tesorero Municipal, fincará el remate en favor de quien hubiere hecho la mejor postura.
Si en la última postura se ofrece igual suma de contado, por dos o más solicitudes, se designará por suerte la que deba aceptarse, salvo lo dispuesto en la fracción II del artículo 160 de este ordenamiento.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.