Artículo 151 de Código Fiscal Municipal Número 152 — Guerrero
Código Fiscal Municipal Número 152 — Guerrero · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Las posturas deberán contener los siguientes datos:
I. Nombre, edad, nacionalidad, capacidad legal, estado civil, profesión y domicilio del postor, si fuere una sociedad, los datos principales de su constitución;
II. Las cantidades que ofrezcan; y III. Lo que se ofrezca de contado y los términos en que haya de pagarse la diferencia, la que causará intereses según la tasa que fije anualmente la Ley de Ingresos de los Municipios.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.