Código Fiscal estatal

Artículo 173 de Código Fiscal Municipal Número 152 — Guerrero

Código Fiscal Municipal Número 152 — Guerrero · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Las resoluciones que se dicten como consecuencia de recursos no establecidos legalmente, si fuesen favorables al particular, la nulidad de la nueva resolución deberá promoverse por la autoridad competente, ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo, en cuyo juicio, el particular tendrá el carácter de parte demandada.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 173 de Código Fiscal Municipal Número 152 — Guerrero?

Las resoluciones que se dicten como consecuencia de recursos no establecidos legalmente, si fuesen favorables al particular, la nulidad de la nueva resolución deberá promoverse por la autoridad competente, ante el…

¿Está vigente el artículo 173?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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