Artículo 173 de Código Fiscal Municipal Número 152 — Guerrero
Código Fiscal Municipal Número 152 — Guerrero · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Las resoluciones que se dicten como consecuencia de recursos no establecidos legalmente, si fuesen favorables al particular, la nulidad de la nueva resolución deberá promoverse por la autoridad competente, ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo, en cuyo juicio, el particular tendrá el carácter de parte demandada.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.