Código Fiscal estatal

Artículo 40 de Código Fiscal Municipal Número 152 — Guerrero

Código Fiscal Municipal Número 152 — Guerrero · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Lo dispuesto en los dos Artículos que anteceden será aplicable en el caso de que se autorice a cubrir un crédito fiscal en pagos parciales, entendiéndose que la falta de pago de alguna de las parcialidades estipuladas, determinará la inmediata exigibilidad del adeudo insoluto.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 40 de Código Fiscal Municipal Número 152 — Guerrero?

Lo dispuesto en los dos Artículos que anteceden será aplicable en el caso de que se autorice a cubrir un crédito fiscal en pagos parciales, entendiéndose que la falta de pago de alguna de las parcialidades estipuladas,…

¿Está vigente el artículo 40?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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