Código Fiscal estatal

Artículo 66 de Código Fiscal Municipal Número 152 — Guerrero

Código Fiscal Municipal Número 152 — Guerrero · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Las multas cuya imposición hubiere quedado firme, deberán ser condonadas totalmente si por pruebas diversas de las presentadas ante las autoridades Administrativas o Jurisdiccionales en su caso se demuestra que no se cometió la infracción o que la persona a la que se atribuyó no es la responsable.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 66 de Código Fiscal Municipal Número 152 — Guerrero?

Las multas cuya imposición hubiere quedado firme, deberán ser condonadas totalmente si por pruebas diversas de las presentadas ante las autoridades Administrativas o Jurisdiccionales en su caso se demuestra que no se…

¿Está vigente el artículo 66?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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