Código Fiscal estatal

Artículo 70 de Código Fiscal Municipal Número 152 — Guerrero

Código Fiscal Municipal Número 152 — Guerrero · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Las consultas o peticiones que se formulen a las autoridades fiscales deberán ser resueltas en el término que la Ley fija, a falta de término establecido en noventa días. El silencio de las autoridades fiscales se considera como resolución negativa cuando no den respuesta en el término que corresponde.

Transcurrido los plazos establecidos para ello, el recurrente podrá decidir entre esperar la resolución expresa o promover el juicio de nulidad en contra de la negativa ficta ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo.

(ADICIONADO, P.O. 30 DE DICIEMBRE DE 1988)

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

Pregúntale a Ian

¿Cómo se aplica el artículo 70 de Código Fiscal Municipal Número 152 — Guerrero a tu caso?

Ian es un asistente jurídico con IA que busca en 69,002 tesis del SJF, 618 resoluciones de la Corte IDH y las reformas del DOF para explicarte qué criterios interpretan esta disposición — siempre con la cita exacta y verificable, sin inventar.

Preguntar gratis → 1 consulta gratis al día · sin tarjeta · sin instalación

Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 70 de Código Fiscal Municipal Número 152 — Guerrero?

Las consultas o peticiones que se formulen a las autoridades fiscales deberán ser resueltas en el término que la Ley fija, a falta de término establecido en noventa días. El silencio de las autoridades fiscales se…

¿Está vigente el artículo 70?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

Puedes preguntarle a Ian, que busca entre 69,002 tesis del Semanario Judicial de la Federación y 618 resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, citando cada criterio aplicable.