Artículo 198 de Código Fiscal Municipal para el Estado de Hidalgo
Código Fiscal Municipal para el Estado de Hidalgo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Las sumas de dinero objeto de embargo, así como el importe de los frutos y productos de los bienes embargados o los resultados netos de las negociaciones embargadas, se aplicarán en el momento procesal oportuno al pago del crédito fiscal y demás gastos que se realicen en el orden establecido en el presente Código. Si se embargare un inmueble, los frutos y productos se aplicarán en la misma forma.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.