Artículo 245 de Código Fiscal Municipal para el Estado de Hidalgo
Código Fiscal Municipal para el Estado de Hidalgo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Toda notificación, citación, emplazamiento o resolución, deberá de practicarse a más tardar al segundo día a aquel en que el expediente se haya turnado al actuario, para tal efecto y se asentará la razón respectiva a continuación de la misma resolución.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.