Artículo 260 de Código Fiscal Municipal para el Estado de Hidalgo
Código Fiscal Municipal para el Estado de Hidalgo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Se presumirán ciertos, salvo que por las pruebas rendidas resulten desvirtuados, los hechos que el actor impute de manera precisa al demandado, en los siguientes casos:
I.- Cuando no se produzca la contestación dentro del plazo a que alude el
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.