Artículo 282 de Código Fiscal Municipal para el Estado de Hidalgo
Código Fiscal Municipal para el Estado de Hidalgo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Serán causas de anulación de una resolución o de un procedimiento administrativo:
a).- Incompetencia del funcionario o empleado que haya dictado el acuerdo o que haya tramitado el procedimiento impugnado;
b).- Omisión o incumplimiento de las formalidades que legalmente deba revestir la resolución o el procedimiento impugnado;
c).- Violación de la disposición aplicada, o no haberse aplicado la disposición debida; y d).- Desvío de poder tratándose de sanciones.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.