Código Fiscal estatal

Artículo 63 de Código Fiscal Municipal para el Estado de Hidalgo

Código Fiscal Municipal para el Estado de Hidalgo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Durante el transcurso de las prórrogas o del pago en parcialidades, cuando no se paguen oportunamente los montos de los pagos en la fecha de su vencimiento, el contribuyente estará obligado a pagar intereses moratorios de acuerdo con lo que anualmente disponga la Ley de Ingresos del Municipio correspondiente.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 63 de Código Fiscal Municipal para el Estado de Hidalgo?

Durante el transcurso de las prórrogas o del pago en parcialidades, cuando no se paguen oportunamente los montos de los pagos en la fecha de su vencimiento, el contribuyente estará obligado a pagar intereses moratorios…

¿Está vigente el artículo 63?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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