Artículo 88 de Código Fiscal Municipal para el Estado de Hidalgo
Código Fiscal Municipal para el Estado de Hidalgo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Las peticiones que se formulen a las autoridades fiscales, deberán ser resueltas en un término de tres meses.
El silencio de las autoridades fiscales se considerará como resolución negativa cuando no se dicte y se notifique al solicitante dentro del término señalado.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.