Artículo 110 de Código Fiscal Municipal para el Estado de Zacatecas
Código Fiscal Municipal para el Estado de Zacatecas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Si el delito lo cometen o en su comisión participan contadores, auditores, notarios, economistas, abogados o peritos, además de la pena aplicable, se impondrá la de suspensión por un año, o privación definitiva a juicio del juez, de los derechos para ejercer la profesión u oficio en asuntos de carácter fiscal.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.