Artículo 182 de Código Fiscal Municipal para el Estado de Zacatecas
Código Fiscal Municipal para el Estado de Zacatecas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Cuando el postor en cuyo favor se hubiere fincado un remate no cumpla con las obligaciones que contraiga y las que esta Ley señala perderá el importe del depósito que hubiere constituido y se aplicará a favor del Erario. En este caso se reanudarán las almonedas en la forma y plazos que señalan los artículos respectivos.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.