Código Fiscal estatal

Artículo 196 de Código Fiscal Municipal para el Estado de Zacatecas

Código Fiscal Municipal para el Estado de Zacatecas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Anexo al expediente y para los efectos de calificación y aprobación, la Tesorería Municipal remitirá una liquidación relativa al principal, intereses, recargos, gastos, viáticos, costas y demás anexidades legales que el adquiriente deberá pagar como requisito previo para obtener en su favor la adjudicación de los bienes rematados.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 196 de Código Fiscal Municipal para el Estado de Zacatecas?

Anexo al expediente y para los efectos de calificación y aprobación, la Tesorería Municipal remitirá una liquidación relativa al principal, intereses, recargos, gastos, viáticos, costas y demás anexidades legales que el…

¿Está vigente el artículo 196?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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