Código Fiscal estatal

Artículo 206 de Código Fiscal Municipal para el Estado de Zacatecas

Código Fiscal Municipal para el Estado de Zacatecas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Si en el momento de señalarse bienes para el embargo se opusiere un tercero fundándose en que son de su propiedad, se suspenderá la diligencia si los documentos exhibidos son bastantes a juicio del ejecutor, para comprobar el derecho de propiedad del tercero.

TITULO SEXTO DE LOS RECURSOS CAPITULO PRIMERO DEL RECURSO ADMINISTRATIVO DE REVOCACION

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 206 de Código Fiscal Municipal para el Estado de Zacatecas?

Si en el momento de señalarse bienes para el embargo se opusiere un tercero fundándose en que son de su propiedad, se suspenderá la diligencia si los documentos exhibidos son bastantes a juicio del ejecutor, para…

¿Está vigente el artículo 206?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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