Artículo 50 de Código Fiscal Municipal para el Estado de Zacatecas
Código Fiscal Municipal para el Estado de Zacatecas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Las personas físicas o morales que teniendo sus matrices fuera del Municipio, establezcan dentro del territorio del mismo, oficinas, salas de exhibición, depósito, almacenes o representaciones, aun cuando no realicen operaciones gravadas, tienen la obligación de registrarse en los términos de este Código.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.