Artículo 69 de Código Fiscal Municipal para el Estado de Zacatecas
Código Fiscal Municipal para el Estado de Zacatecas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
La falta de pago oportuno de un crédito fiscal, causará recargos conforme a lo que señale la ley de ingresos, por cada mes o fracción de mes transcurrido sin haber hecho el pago, pero su monto no podrá exceder del 200% del monto de la obligación fiscal.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.