Artículo 144 de Código Fiscal Municipal — Quintana Roo
Código Fiscal Municipal — Quintana Roo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
La orden de clausura deberá ser notificada personalmente siguiendo las formalidades establecidas al efecto por los artículos 110 y 111 de este Código.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.