Artículo 31 de Código Fiscal Municipal — Quintana Roo
Código Fiscal Municipal — Quintana Roo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Son facultades y atribuciones de las autoridades fiscales enunciadas en las fracciones I II, III, V y VI del artículo 5 del presente Código, certificar, en su caso, bajo su estricta responsabilidad documentos, copias o fotocopias de otras u otros que obren en los archivos de las áreas administrativas a su cargo, siempre y cuando medie solicitud legítima ose requieran para las actividades o controles inherentes a la Administración Pública.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.