Código Fiscal estatal

Artículo 89 de Código Fiscal Municipal — Quintana Roo

Código Fiscal Municipal — Quintana Roo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Comete el delito de falsificación en materia fiscal:

I. El que falsifique o en cualquier otra forma altere un documento que sea comprobante de pago de alguna contribución;

II. El que falsifique o en cualquier otra forma altere un documento relativo a una exención, cancelación o reducción de contribuciones; y III. El que falsifique las firmas, los sellos o marcas oficiales que deban llevar alguno de los documentos a que se refieren las fracciones anteriores, o los que deban llevar las mercancías sujetas al pago de contribuciones.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 89 de Código Fiscal Municipal — Quintana Roo?

Comete el delito de falsificación en materia fiscal: I. El que falsifique o en cualquier otra forma altere un documento que sea comprobante de pago de alguna contribución; II. El que falsifique o en cualquier otra forma…

¿Está vigente el artículo 89?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

Puedes preguntarle a Ian, que busca entre 69,002 tesis del Semanario Judicial de la Federación y 618 resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, citando cada criterio aplicable.