Artículo 19 de Código Fiscal para el Estado de Oaxaca
Código Fiscal para el Estado de Oaxaca · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Las contribuciones se causan cuando se actualizan las situaciones jurídicas o de hecho previstas en la legislación fiscal, y se determinan conforme las disposiciones vigentes en el momento en que se originan. Para efectos de su determinación, fijación en cantidad líquida y recaudación, les son aplicables las normas sobre procedimiento que se expidan con posterioridad.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.