Código Fiscal estatal

Artículo 25 de Código Fiscal para el Estado y Municipios de Baja California Sur

Código Fiscal para el Estado y Municipios de Baja California Sur · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

El monto de las contribuciones, aprovechamientos o de las devoluciones a cargo del fisco estatal o de los municipios, se actualizarán por el transcurso del tiempo y con motivo de los cambios de precios en el país, para lo cual se aplicará el factor de actualización a las cantidades que se deban actualizar. Dicho factor se obtendrá dividiendo el Índice Nacional de Precios al Consumidor del mes anterior al más reciente del periodo, entre el citado índice correspondiente al mes anterior al más antiguo de dicho periodo, el cual será calculado hasta el diezmilésimo. Las contribuciones no se actualizarán por fracciones de mes. El citado índice Nacional de Precios al Consumidor es el que calcula el Instituto Nacional de Estadística y Geografía y publica en el Diario Oficial de la Federación dentro de los diez primeros días de cada mes siguiente al que corresponda.

En los casos en que el Índice Nacional de Precios al Consumidor del mes anterior al más reciente del periodo, no haya sido emitido por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía o publicado en el Diario Oficial de la Federación, la actualización de que se trate se realizará aplicando el último índice mensual publicado;

Las cantidades actualizadas conservan la naturaleza jurídica que tenían antes de la actualización. El monto de ésta, determinado en los pagos provisionales, definitivos y del ejercicio, no será deducible ni acreditable.

Cuando el resultado de la operación a que se refiere el primer párrafo de este Artículo sea menor a 1, el factor de actualización que se aplicará al monto de las contribuciones, aprovechamientos y devoluciones a cargo del fisco estatal o municipal, así como a los valores de bienes u operaciones de que se traten, será 1.

Capitulo Segundo De los medios electrónicos

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

Pregúntale a Ian

¿Cómo se aplica el artículo 25 de Código Fiscal para el Estado y Municipios de Baja California Sur a tu caso?

Ian es un asistente jurídico con IA que busca en 69,002 tesis del SJF, 618 resoluciones de la Corte IDH y las reformas del DOF para explicarte qué criterios interpretan esta disposición — siempre con la cita exacta y verificable, sin inventar.

Preguntar gratis → 1 consulta gratis al día · sin tarjeta · sin instalación

Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 25 de Código Fiscal para el Estado y Municipios de Baja California Sur?

El monto de las contribuciones, aprovechamientos o de las devoluciones a cargo del fisco estatal o de los municipios, se actualizarán por el transcurso del tiempo y con motivo de los cambios de precios en el país, para…

¿Está vigente el artículo 25?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

Puedes preguntarle a Ian, que busca entre 69,002 tesis del Semanario Judicial de la Federación y 618 resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, citando cada criterio aplicable.