Código Fiscal estatal

Artículo 109 de Código Fiscal Y Presupuestario Para El Municipio De Puebla

Código Fiscal Y Presupuestario Para El Municipio De Puebla · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Las notificaciones por edictos se harán mediante publicaciones durante tres días en el Periódico Oficial y en uno de los diarios de mayor circulación en el Estado y contendrán un resumen de los actos que se notifican.

En este caso se tendrá como fecha de notificación la de la última publicación.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

Pregúntale a Ian

¿Cómo se aplica el artículo 109 de Código Fiscal Y Presupuestario Para El Municipio De Puebla a tu caso?

Ian es un asistente jurídico con IA que busca en 69,002 tesis del SJF, 618 resoluciones de la Corte IDH y las reformas del DOF para explicarte qué criterios interpretan esta disposición — siempre con la cita exacta y verificable, sin inventar.

Preguntar gratis → 1 consulta gratis al día · sin tarjeta · sin instalación

Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 109 de Código Fiscal Y Presupuestario Para El Municipio De Puebla?

Las notificaciones por edictos se harán mediante publicaciones durante tres días en el Periódico Oficial y en uno de los diarios de mayor circulación en el Estado y contendrán un resumen de los actos que se notifican.…

¿Está vigente el artículo 109?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

Puedes preguntarle a Ian, que busca entre 69,002 tesis del Semanario Judicial de la Federación y 618 resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, citando cada criterio aplicable.