Código Fiscal estatal

Artículo 110 de Código Fiscal Y Presupuestario Para El Municipio De Puebla

Código Fiscal Y Presupuestario Para El Municipio De Puebla · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Salvo que las leyes o resoluciones señalen una fecha para la iniciación de los términos, estos se computarán a partir del día hábil siguiente a aquél en que surta efectos la notificación o a aquél en que se realicen los hechos o las circunstancias que las disposiciones legales o resoluciones administrativas prevengan.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 110 de Código Fiscal Y Presupuestario Para El Municipio De Puebla?

Salvo que las leyes o resoluciones señalen una fecha para la iniciación de los términos, estos se computarán a partir del día hábil siguiente a aquél en que surta efectos la notificación o a aquél en que se realicen los…

¿Está vigente el artículo 110?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

Puedes preguntarle a Ian, que busca entre 69,002 tesis del Semanario Judicial de la Federación y 618 resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, citando cada criterio aplicable.