Artículo 177 de Código Fiscal Y Presupuestario Para El Municipio De Puebla
Código Fiscal Y Presupuestario Para El Municipio De Puebla · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
SUJETO. Son sujetos del Impuesto Predial:
I. Los propietarios o poseedores de predios rústicos o urbanos ubicados en el Municipio;
II. El fideicomitente y en su caso, el fiduciario, en tanto no transmitan la propiedad del predio al fideicomisario o a otras personas, en cumplimiento al contrato de fideicomiso;
III. Los comisariados ejidales por los núcleos de población que disfruten de tierras, conforme a la legislación agraria en vigor;
IV. Las personas o comunidades que estén en posesión de tierras comunales o ejidales ubicadas en el Municipio; y* V. Las personas físicas o morales que se encuentren en los supuestos que señala la fracción II del artículo anterior.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.