Código Fiscal estatal

Artículo 217 de Código Fiscal Y Presupuestario Para El Municipio De Puebla

Código Fiscal Y Presupuestario Para El Municipio De Puebla · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ÉPOCA DE PAGO. Salvo disposición expresa en contrario, el pago de derechos deberá hacerse por el contribuyente en forma previa a la prestación de los servicios que solicite, incluso aquéllos que deban ser pagados en forma mensual o anual.

Cuando no se compruebe que el pago de derechos se ha efectuado previamente a la prestación del servicio y se trate de derechos que deban pagarse por anticipado, el servicio no se proporcionará.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

Pregúntale a Ian

¿Cómo se aplica el artículo 217 de Código Fiscal Y Presupuestario Para El Municipio De Puebla a tu caso?

Ian es un asistente jurídico con IA que busca en 69,002 tesis del SJF, 618 resoluciones de la Corte IDH y las reformas del DOF para explicarte qué criterios interpretan esta disposición — siempre con la cita exacta y verificable, sin inventar.

Preguntar gratis → 1 consulta gratis al día · sin tarjeta · sin instalación

Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 217 de Código Fiscal Y Presupuestario Para El Municipio De Puebla?

ÉPOCA DE PAGO. Salvo disposición expresa en contrario, el pago de derechos deberá hacerse por el contribuyente en forma previa a la prestación de los servicios que solicite, incluso aquéllos que deban ser pagados en…

¿Está vigente el artículo 217?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

Puedes preguntarle a Ian, que busca entre 69,002 tesis del Semanario Judicial de la Federación y 618 resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, citando cada criterio aplicable.