Artículo 216 de Código Fiscal Y Presupuestario Para El Municipio De Puebla
Código Fiscal Y Presupuestario Para El Municipio De Puebla · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
LUGAR DE PAGO. Salvo disposición expresa en contrario los derechos deberán ser pagados, según el caso, ante la Tesorería o el organismo de que se trate, o en las oficinas que éstos autoricen para tal efecto.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.