Código Fiscal estatal

Artículo 219 de Código Fiscal Y Presupuestario Para El Municipio De Puebla

Código Fiscal Y Presupuestario Para El Municipio De Puebla · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

FACULTADES DE LAS AUTORIDADES FISCALES. Son facultades de las autoridades fiscales, en materia de derechos:

I. Verificar el pago de los derechos, así como la obtención oportuna por parte de los contribuyentes, de la cédula de empadronamiento y la autorización en su caso;

II. Suscribir acuerdos o convenios, con el objeto de auxiliar a los concesionarios de servicios en el cobro de tarifas; y III. Las demás que prevé este ordenamiento, la legislación aplicable y los reglamentos administrativos.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 219 de Código Fiscal Y Presupuestario Para El Municipio De Puebla?

FACULTADES DE LAS AUTORIDADES FISCALES. Son facultades de las autoridades fiscales, en materia de derechos: I. Verificar el pago de los derechos, así como la obtención oportuna por parte de los contribuyentes, de la…

¿Está vigente el artículo 219?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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