Artículo 226 de Código Fiscal Y Presupuestario Para El Municipio De Puebla
Código Fiscal Y Presupuestario Para El Municipio De Puebla · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Son objeto de este derecho, los servicios que preste la SAU, a solicitud o en rebeldía del usuario por los siguientes conceptos:* I. Alineamiento;
II. Asignación de número y placa oficial;
III. Otorgamiento de licencias para construcciones reglamentarias de bardas;
* El primer párrafo y la fracción XX del artículo 26 fueron reformados por Decreto de fecha 30 de Diciembre de 2005.
129 CÓDIGO FISCAL Y PRESUPUESTARIO PARA EL MUNICIPIO DE PUEBLA.
IV. Aportación de infraestructura;
V. Licencia de construcción;
VI. Aprobación de proyecto;
VII. Uso de suelo (terreno);
VIII. Terminación de obra;
IX. Evaluación del impacto ambiental;
X. Licencia para construcción de obras de urbanización, salvo las que se refieran a drenaje, agua y alcantarillado que no excedan de 24 meses;
XI. Licencia para obras de demolición con vigencia de hasta 12 meses;
XII. Por renovación o prórroga de licencia de obras de construcción y urbanización;
XIII. Actualización de licencia de uso de suelo;
XIV. Licencia de uso de suelo que requiere ampliar o modificar el número de metros cuadrados autorizados para construcción;
XV. Licencia de uso específico de suelo para empadronamiento por actividad industrial, comercial, de servicios o cuando implique un cambio del uso de suelo originalmente autorizado;
XVI. Regularización de obras;
XVII. Licencia para la ocupación de la vía pública por la ejecución de obras;
XVIII. Licencia para la ocupación de la vía pública con instalación de accesorios;
estructuras o mobiliario urbano;
XIX. Licencia para la ocupación de la vía pública para instalaciones provisionales de no más de 5 metros cuadrados;
XX. Licencia para el derribo o desrame de palmeras o árboles, previo diagnostico del impacto ambiental; y* XXI. Visita de campo.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.