Código Fiscal estatal

Artículo 268 de Código Fiscal Y Presupuestario Para El Municipio De Puebla

Código Fiscal Y Presupuestario Para El Municipio De Puebla · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Son objeto de estos derechos, la autorización que otorgue la autoridad municipal para la colocación de anuncios comerciales y/o publicidad, en forma temporal, móvil o permanente, en espacios publicitarios públicos o privados, fijos o móviles, siempre que dichos anuncios tengan vista a la vía pública y/o influyan en la imagen urbana del Municipio.* Así mismo, son sujetos de estos derechos, todo tipo de espacios publicitarios, públicos o privados, fijos o móviles, siempre que dichos anuncios tengan vista a la vía pública y/o influyan en la imagen urbana del municipio, que estén en desuso por parte de sus dueños, promotores o anunciantes.

 La denominación del Capítulo XIV se reformó por Decreto publicado en el P.O.E. de fecha 30 de diciembre de 2011.

* Los artículos 265, 266 y 267 se derogaron por Decreto publicado en el P.O.E el 31 de diciembre de 2007  Los artículos 265. 266 y 267fueron reformados por Decreto publicado en el P.O.E. de fecha 30 de diciembre de 2011.

 El artículo 267 Bis se adicionó por Decreto publicado en el P.O.E. de fecha 30 de diciembre de 2011.

*El artículo 268 fue reformado por Decreto de fecha 30 de Diciembre de 2005.

140 CÓDIGO FISCAL Y PRESUPUESTARIO PARA EL MUNICIPIO DE PUEBLA.

Para efectos de este derecho se entiende por anuncios comerciales y/o publicidad todo medio que proporcione información, orientación e identifique un servicio profesional, marca o producto o establecimiento con fines de venta o comercialización de un bien o servicio, en tanto se realice, ubique, desarrolle o tenga efectos sobre la vía pública del Municipio.

No se considerarán anuncios publicitarios los de la radio o anuncios de televisión, periódicos o revistas.

La expedición de licencias, permisos o autorizaciones, a que se refiere este Capítulo, podrá ser anual o de cualquier otra temporalidad, incluso eventual, en cuyo caso la Ley de Ingresos establecerá las cuotas, tasas o tarifas aplicables.

La expedición de licencias, permisos o autorizaciones, a que se refiere este Capítulo, para años subsecuentes a aquél en el que fueron otorgadas por primera vez, será revalidada anualmente y deberá solicitarse al Ayuntamiento dentro de los plazos que establezca la autoridad municipal, previo pago de los derechos correspondientes y demostrando :

I.- Que se encuentra al corriente del pago de derechos de los años anteriores.

II.- Que ha cumplido con los programas de mantenimiento del anuncio.

III.- Que tiene la capacidad jurídica para solicitar la renovación de la licencia.

La expedición de las licencias a que se refiere el párrafo anterior, se pagará de conformidad a las cuotas, tasas y tarifas asignadas a cada giro para el ejercicio correspondiente.

En el caso que para la expedición de la autorización para la colocación de publicidad se obligue el solicitante a retirarla del lugar en el que la coloque, deberá otorgar fianza expedida por afianzadora debidamente autorizada a favor de la Tesorería, por un monto de 500 a 1,500 días de salario mínimo diario vigente en el Municipio de Puebla al momento de su otorgamiento, para garantizar el retiro de la misma.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

Pregúntale a Ian

¿Cómo se aplica el artículo 268 de Código Fiscal Y Presupuestario Para El Municipio De Puebla a tu caso?

Ian es un asistente jurídico con IA que busca en 69,002 tesis del SJF, 618 resoluciones de la Corte IDH y las reformas del DOF para explicarte qué criterios interpretan esta disposición — siempre con la cita exacta y verificable, sin inventar.

Preguntar gratis → 1 consulta gratis al día · sin tarjeta · sin instalación

Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 268 de Código Fiscal Y Presupuestario Para El Municipio De Puebla?

Son objeto de estos derechos, la autorización que otorgue la autoridad municipal para la colocación de anuncios comerciales y/o publicidad, en forma temporal, móvil o permanente, en espacios publicitarios públicos o…

¿Está vigente el artículo 268?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

Puedes preguntarle a Ian, que busca entre 69,002 tesis del Semanario Judicial de la Federación y 618 resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, citando cada criterio aplicable.