Artículo 269 de Código Fiscal Y Presupuestario Para El Municipio De Puebla
Código Fiscal Y Presupuestario Para El Municipio De Puebla · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
*.- Son sujetos de este derecho, las personas físicas o morales, públicas o privadas, que utilicen espacios para anunciarse en la vía pública del municipio o con vista a la misma, los propietarios o usuarios, de un mueble o inmueble que utilicen para hacer anuncios o publicidad, los promotores de cualquier empresa que anuncien y/o hagan publicidad, así como los responsables de los productos, servicios o bienes anunciados; debiendo solicitar en todos los casos, la autorización correspondiente Igualmente son sujetos del pago de estos derechos, toda persona física o moral, pública o privada que coloque anuncios en la vía pública y/o espacios autorizados por el ayuntamiento, que realice o haya realizado algún tipo de El último párrafo del artículo 268 fue reformada por Decreto publicado en el P.O.E el 31 de diciembre de 2008.
* El artículo 269 fue reformado por Decreto de fecha 30 de Diciembre de 2005.
141 CÓDIGO FISCAL Y PRESUPUESTARIO PARA EL MUNICIPIO DE PUEBLA.
cobro por productos, bienes, servicios, o contribuciones al ayuntamiento de puebla.
Son responsables solidarios en el pago de los derechos a que se refiere este Capítulo, los propietarios o poseedores de predios, fincas o construcciones y lugares de espectáculos en los que se realicen los actos publicitarios, así como los organizadores de eventos en plazas de toros, palenques, estadios, lienzos charros, en autotransporte de servicio público o privado y todo aquél en que se fije la publicidad.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.