Código Fiscal estatal

Artículo 27 de Código Fiscal Y Presupuestario Para El Municipio De Puebla

Código Fiscal Y Presupuestario Para El Municipio De Puebla · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

El sujeto pasivo de la relación tributaria, es la persona física o moral, mexicana o extranjera, que de acuerdo con las leyes está obligada al pago de un crédito fiscal determinado a favor del Erario Municipal.

También es sujeto pasivo, cualquier agrupación sin personalidad jurídica que constituya una unidad económica, diversa de la de sus miembros. Para la aplicación de las leyes fiscales, se asimilan estas agrupaciones a las personas morales.

Es tercero en una relación jurídico tributaria, toda persona que no interviene directamente en ella; pero que por estar vinculado con el sujeto pasivo, queda obligada a responder de las obligaciones que le impone la ley.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 27 de Código Fiscal Y Presupuestario Para El Municipio De Puebla?

El sujeto pasivo de la relación tributaria, es la persona física o moral, mexicana o extranjera, que de acuerdo con las leyes está obligada al pago de un crédito fiscal determinado a favor del Erario Municipal. También…

¿Está vigente el artículo 27?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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