Artículo 272 de Código Fiscal Y Presupuestario Para El Municipio De Puebla
Código Fiscal Y Presupuestario Para El Municipio De Puebla · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Es objeto de estos derechos, la ocupación de espacios públicos en mercados municipales y/o mercados y tianguis sobre ruedas en vía pública, en la Central de Abasto, en los portales, en el depósito oficial de vehículos de la Dirección de Tránsito Municipal y otras áreas municipales exceptuando áreas verdes, en la vía pública para obras de construcción y en el subsuelo con * El segundo párrafo del artículo 271 fue reformado por Decreto de fecha 30 de Diciembre de 2005.
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construcción permanente, así como el mantenimiento de las áreas, el uso de cámaras de refrigeración, la expedición de la Cédula Única de Registro para Mercados de Apoyo y los trámites de autorización de altas, traspasos, cambios de giro, arreglo o modificaciones de sus locales, plataformas, bodegas o área que ocupen. Para efectos del cobro de estos derechos, los tipos de mercados municipales se clasificarán en mercados tipo A, B y C, así como mercados de apoyo y tianguis, de conformidad con los acuerdos que apruebe el Cabildo.
Se equipararan a depósitos oficiales de vehículos de la Dirección de Tránsito Municipal los inmuebles que sean autorizados por ésta para tal efecto, en los que las autoridades municipales ejercerán las funciones relacionadas a los servicios de guarda de vehículos.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.